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Foro Farmacia  >  Profesionales  >  Farmacia Comunitaria  >  ME QUIERO IR YA 0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema. « anterior próximo »
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Autor Tema: ME QUIERO IR YA  (Leído 621 veces)
Jorgüito
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« : Febrero 28, 2010, 11:18:09 am »

Buenas, estoy fijo en una farmacia pero me ha salido la posibilidad de comprarme una, se que dice el convenio que tenemos que avisar con 3 meses y que si no te descuenta 1 día de sueldo por cada dos que no preavise, pero mi duda es si al final soy yo el que le voy a tener que pagar  sino preaviso?
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adjunta25
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« Responder #1 : Marzo 01, 2010, 12:14:11 pm »

¡Hola!, pues pagarle no vas a tener que pagarle (sólo faltaba eso) , sólo que perderás gran parte del finiquito. Todo dependerá de como sea tu fef@, si no es muy puñeter@ lo normal es que te pida una o dos semanas para encontrar a alguien en tu puesto y que luego te dé el finiquito íntegro, pero bueno, hay de todo por ahí.
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reinjar
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« Responder #2 : Marzo 01, 2010, 12:18:49 pm »

De donde eres y pagan bien en la farmacia que dejas? XD
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adjunta25
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« Responder #3 : Marzo 02, 2010, 10:48:49 pm »

Jaja, si
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« Responder #4 : Marzo 02, 2010, 10:50:10 pm »

Perdón que me he quedado a medias, eso eso, infórmanos de donde trabajas que almenos para los que estamos buscando trabajo nos viene bien, jiji  Afro
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monshoo
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« Responder #5 : Marzo 30, 2010, 09:14:30 am »

si la diferencia entre lo que te tiene que pagar y lo que le tendras que pagar tu es negativo (es decir tu le sales perdiendo) deberas pagarle.
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« Responder #6 : Marzo 30, 2010, 03:32:03 pm »

si la diferencia entre lo que te tiene que pagar y lo que le tendras que pagar tu es negativo (es decir tu le sales perdiendo) deberas pagarle.

NO, el trabajador no paga a la empresa:

Convenio colectivo extraestatutario 2007/2010:

Artículo 25.- Preaviso de cese.- (Recogido en el Art. 25º del convenio 2003/2006).


5.3.- El incumplimiento de la obligación de preavisar dará derecho a la empresa a descontar de la liquidación del empleado el importe de un día de salario por cada dos días de retraso en el aviso. (Esto es una novedad: En el conveio 2003/2006 se descontaba un día de salario por cada día de retraso en el preaviso).

Descontar de la liquidación, significa que el trabajador deja de cobrar una parte , incluso todo, del finiquito. Pero no paga a la empresa.
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monshoo
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« Responder #7 : Marzo 30, 2010, 09:30:01 pm »

Hombre, habrá que ver si le estan aplicando el "nuevo" convenio o el antiguo. En cualquier caso creo que nunca saldría una cantidad negativa., pero sigo pensando que si fuera negativa esa cantidad mas de un juez le daria la razon al titular.
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« Responder #8 : Marzo 31, 2010, 11:28:55 pm »

Hombre, habrá que ver si le estan aplicando el "nuevo" convenio o el antiguo. En cualquier caso creo que nunca saldría una cantidad negativa., pero sigo pensando que si fuera negativa esa cantidad mas de un juez le daria la razon al titular.

Hombre, 2 cosillas:

1.- Si pongo la referencia en los 2 convenios, puede sospecharse que he consultado ambos, y si sólo indico como diferencia la relación dia de descuento/dia de retraso en el preaviso, podría pensarse que no hay más diferencias.

2.- El convenio dice eso, aplicando la norma el trabajador no paga, ahora la empresa podría reclamarle una indemnización por no avisar, y el juez escuchará a ambas partes, se estudiaría el caso partícular, existe aviso, inferior a los 3 meses, pero dejando algunos días de buena voluntad... y a partir de ahí la decisión caerá de un lado u otro, yo pienso que más de un juez le daría la razón al trabajador
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monshoo
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« Responder #9 : Abril 02, 2010, 11:48:09 am »

me parece que hay jurisprudencia a favor de la empresa ya. mala suerte pa nosotros.
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